Semáforo electoral: Plebiscito Constitucional 2023

Campañas limpias y reglas parejas para toda la ciudadanía enriquecen las elecciones. Conoce los períodos de campaña electoral y revisa qué permite la ley.

En semáforo electoral damos luz verde a la buena democracia e invitamos a frenar las irregularidades a través de denuncias ciudadanas.

¿Cómo denunciar?

Fechas relevantes

Revisa todo lo que debes saber sobre las elecciones del 17 de diciembre 2023.

  • Viernes 7 de noviembre: Inicio de la campaña electoral.

  • Viernes 17 de noviembre: Inicio de franja de propaganda gratuita en TV.

  • Jueves 14 de diciembre: Fin de propaganda electoral y franja televisiva.

  • Jueves 14 de diciembre: Los comandos deben retirar toda la propaganda instalada en espacios públicos y/o privados

  • Viernes 15 de diciembre: Fin de manifestaciones y reuniones públicas de carácter electoral.

  • Domingo 17 de diciembre: Plebiscito Constitucional.

Período de campaña

29/04 al 13/05

Está permitido
Realizar propaganda electoral

Se puede realizar propaganda en espacios expresamente autorizados por el servel. Además de la franja electoral en televisión y radio.

Está permitido
Asistir a Reuniones

Quiénes hagan campañas pueden asistir y participar de reuniones de carácter político.

Está permitido
Dar Entrevistas

Quiénes hagan campañas pueden dar entrevistas a medios de comunicación de todo tipo.

Está permitido
Puerta a Puerta

Quiénes hagan campañas pueden visitar al electorado y recorrer las comunas.

Está permitido
Redes Sociales

Generación y uso de cuentas personales o de campaña en Redes Sociales.

Está permitido
Acciones de brigadistas

Portar banderas o lienzos y/o entregar volantes u otros elementos que identifiquen a la candidatura.

Está permitido
Medios escritos

Contratar publicidad y/o hacer llamados a votar o manifestaciones con fines electorales en medios escritos como diarios, revistas, portales de prensa digital y otros medios escritos.

Está permitido
Radios

Avisos en radios, llamados a votar y/o manifestaciones en radio con fines electorales.

Está permitido
Carteles, afiches o letreros

Carteles, afiches o letreros que identifiquen a una candidatura en espacios públicos y privados

Está permitido
Propaganda en Vehículos

Utilizar vehículos particulares para realizar propaganda electoral o caravanas.

Está permitido
Encuestas

Las campañas y medios no pueden difundir encuestas sobre materias electorales o sociales en los 15 días previos a la elección

Está permitido
Campañas Telefónicas

Las llamadas telefónicas que se refieran a las campañas electorales

Está permitido
Propaganda en sedes oficiales

Las sedes y oficinas oficiales de partidos políticos pueden exhibir carteles, afiches u otra propaganda electoral. Con un máximo de cinco sedes por comuna.

No está permitido
Usar Amplificación

Hacer uso de amplificación de sonido o perifoneo (uso de altoparlante, megáfono, entre otros)

No está permitido
Propaganda en espacios privados sin autorización
No está permitido
Hacer propaganda electoral en cinematógrafos y salas de exhibición de videos
No está permitido
Carteles de un tamaño superior a 2m² en espacio público y 6m² en espacio privado
No está permitido
Rayados, murales y elementos que se adhieran a paredes
No está permitido
Propaganda en infraestructura de servicios públicos

Como paraderos, postes, sistema de alumbrado, cables, microbuses, etcétera.

No está permitido
Propaganda que provoque daño permanente en espacio público
No está permitido
Propaganda fuera de espacios asignados por el Servel en plazas y parques
No está permitido
Propaganda aérea como con un lienzo en un aeroplano, drones o helicópteros
No está permitido
Publicidad por medios de televisión abierta o pagada (salvo la franja electoral)
Importante
La realización de actividades de propaganda fuera de los plazos y condiciones establecidos en la ley podrá ser sancionado con multa de 20 a 200 UTM.

¿Presenciaste alguna irregularidad?

Cualquier persona puede hacer una denuncia en:

Para denunciar, debes considerar:

  1. Informarte acerca de qué está permitido y qué no. Acá más información sobre propaganda electoral.
  2. Lugar y fecha de presentación de la denuncia.
  3. Identificación del denunciante (nombre, apellido, rut y dirección).
  4. Descripción de la infracción y del lugar donde se cometió.
  5. Fecha en que se cometió la infracción o en que tuviste noticia de ella.
  6. La ley que fue infringida y su artículo correspondiente.
  7. En caso de estar en conocimiento, la identificación del presunto infractor (nombre de candidato, partido político, medio de comunicación o aportante, entre otros posibles infractores).
  8. Recuerda recopilar e informar en tu denuncia todas las pruebas posibles, como fotografías, vídeos, nombres de testigos, etcétera.

Acá encontrarás los lugares autorizados por el Servel para la propaganda en espacio público:

Semaforoelectoral.cl es un proyecto de Ciudadanía Inteligente que nació el 2016 y que se enmarca en el contexto de las campañas electorales.